Nos encontramos con que el Tribunal Constitucional ha declarado tácitamente inconstitucional la Ley de Igualdad y lo ha hecho sin hacer una sola referencia a ella, con lo que sigue vigente Desde ahora en España es lícito castigar con penas distintas un mismo hecho, según el sexo de quien lo ejecute
OTRA JUERGA MÁS
Tomás Martín Tamayo
¿Si un señor abofetea a su esposa, merece mayor pena que si su esposa lo abofetea a él? Sí. Semejante despropósito, semejante desigualdad ante la Ley, ha sido proclamada por el Tribunal Constitucional. La agresión del hombre sobre la mujer se considera un delito, pero la agresión de la mujer sobre el hombre se liquida con una simple falta. ¿No es eso discriminación sexista? ¿Podemos seguir diciendo que todos somos iguales ante la Ley? Lo asombroso es que este principio básico de la Constitución sea pisoteado precisamente por el tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución. ¿Y para esto han inventado el exótico ministerio de Igualdad?
Hace poco más de un año, el 3 de marzo de 2007, se publicó en el BOE la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que fue recibida como el no va más entre la “progresía” más retrógrada, histriónica y acomplejada. Un avance social que, según se decía, situaba a España a la cabeza de Europa en todo lo concerniente a la defensa de la equiparación de derechos. Aquella Ley, consagraba que entre hombres y mujeres no podían existir diferencias y que a todos los efectos, unos y otras, tenían los mismos derechos y las mismas obligaciones. Mas que una Ley de Igualdad, aquello parecía una Ley de Obviedad, porque sólo en la mollera de los que no creen en la mujer, se hacía necesaria semejante paparruchada. ¿Era necesario articular en una Ley que hombres y mujeres son iguales ante la Ley? ¡Qué genialidad!
Bueno, pues ahora nos encontramos con que el Tribunal Constitucional, considera que ante el mismo hecho, castigar al hombre más que a la mujer no vulnera el principio de igualdad consagrado por la Constitución. Yo no sé de leyes, pero algo sé de letras y no entiendo que la Constitución pueda defender una cosa y la contraria. Si defiende la igualdad, no puede defender la desigualdad. Avalar que las penas por maltrato sean mayores si el agresor es varón, es una de las barbaridades más grandes que haya podido firmar un tribunal. Es verdad que semejante despropósito no fue unánime y que salió con siete votos a favor y cinco en contra, con lo que queda abierta una puerta a la esperanza, porque en el seno del Tribunal Constitucional casi la mitad no está conforme con la discriminación sexista. ¿Y las feministas de pandereta?
Nos encontramos ahora con que el Tribunal Constitucional ha declarado tácitamente inconstitucional la Ley de Igualdad y, además, lo ha hecho sin hacer una sola referencia a ella, con lo que sigue vigente. Desde ahora, en España es lícito castigar con penas distintas un mismo hecho, según el sexo de quien lo ejecute. ¿Y aquello de que “nadie puede ser discriminado en función del sexo”? ¡Monsergas!
tomasmartintamayo@gmail.com
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